Admisibilidad (o no) de la mediación familiar en contextos de violencia y una particular referencia a la situación en Portugal
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La mediación familiar es uno de los métodos privilegiados de resolución alternativa de litigios en el ámbito de los conflictos familiares. Estos están dotados de características emocionales que los hacen más adecuados a un contexto extrajudicial. Y, al mismo tiempo, son de una complejidad humana que obliga a un análisis distinto en el contexto de la mediación.
También es cierto que no todos los conflictos familiares son susceptibles de mediación, manteniendo los tribunales tradicionales toda su relevancia. Sin embargo, cada vez con mayor frecuencia se vislumbran las ventajas de un método autocompositivo en la búsqueda de una solución que responda a los intereses y deseos de aquellos que, durante un tiempo, compartieron otra experiencia de proximidad e intimidad.
Surge la cuestión de si una pareja que pasó por episodios de violencia puede o no acogerse a la mediación familiar. Los autores y profesionales de la mediación parecen no compartir la misma postura al respecto. Es importante percibir cuáles son los argumentos utilizados en esta divergencia. Al final, prestaremos especial atención al caso portugués.
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(c) Rossana Martingo Cruz, 2021
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Rossana Martingo Cruz, Escola de Direito da Universidade do Minho
Profesora auxiliar invitada en la Escola de Direito da Universidade do Minho (Portugal). Profesora adjunta invitada en la Escola Superior de Gestão del Instituto Politécnico do Cávado e do Ave (Portugal). Doctora en Derecho por la Escola de Direito da Universidade do Minho (Portugal). Máster en Derecho de las Personas y Familia por la Faculdade de Direito da Universidade de Coimbra. Investigadora integrada del JusGov (Centro de Investigação em Justiça e Governação). Autora de publicaciones y ponente en congresos y conferencias de Derecho de Familia, Sucesiones y Mediación.
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