Protección al consumidor e incitación al juego compulsivo en los bonos de bienvenida de las casas de apuestas online
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El crecimiento del juego online en España en los últimos años resulta notorio. Como consecuencia de ello han proliferado empresas y casas de apuestas de toda índole, produciéndose en el mercado nacional una situación de extraordinaria competencia en el sector. Las campañas publicitarias alcanzan todo tipo de medios: escritos, televisivos, radiofónicos y en línea, lo que supone una amplísima difusión que debe llevar aparejada una importante exigencia de control, por tratarse de una materia muy delicada que pueda acabar afectando a la salud de las personas. El presente trabajo pretende poner de relieve que los bonos de bienvenida, en el modo en que actualmente se configuran, resultan una incitación a comportamientos recogidos en la literatura médica como de riesgo de ludopatía, vulnerando derechos esenciales a la salud y a la información. En efecto, tras este incentivo inicial, se esconde un oscuro clausulado para cuyo cumplimiento se exige al usuario una frecuencia de juego que puede ser peligrosa para su salud, en tanto que impone comportamientos calificados como de «alto riesgo», con la connivencia y permisividad de la Dirección General de Ordenación del Juego. Todo ello al abrigo de una laxa y muy difusa interpretación del concepto de «juego responsable», tan pobremente desarrollado que podría llegar a considerarse un «concepto jurídico indeterminado».
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Alberto Hidalgo Cerezo, Abogado Doctorando en Derecho y Ciencias Sociales (UNED)
Abogado en ejercicio en Madrid. Especializado en Propiedad Intelectual y derecho de las Nuevas Tecnologías. Compagina el desarrollo de su carrera profesional con la realización de los estudios de Doctorado en Derecho y con una marcada vocación docente que desarrolla participando como profesor y ponente cursos de especialización de posgrado, tanto presenciales como en línea.
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