Resumen
En el presente artículo se analiza la sentencia dictada en casación ordinaria por la Sala de lo Social del Tribunal Supremo en fecha 29 de enero de 2014. En esta sentencia se determina la calificación de un despido colectivo por pretendidas causas económicas, acordado por una empresa integrada en un grupo de sociedades, dominadas por personas físicas con lazos familiares entre ellos. El análisis de las pretendidas causas del despido objetivo pasa a un segundo plano, dándose prioridad a la determinación del sujeto patronal (empleadora formal versus grupo de empresas), y a la comunicación o no de responsabilidades a las personas físicas que adoptaban las decisiones.Derechos
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