La Transición del derecho de consumo hacia el paradigma de la economía circular

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Guillem Izquierdo Grau

La Directiva (UE) 2019/771 derogó la Directiva 1999/44/CE e instauró un nuevo régimen para la conformidad de los bienes y los remedios en los contratos de compraventa concluidos entre un vendedor y un consumidor. La propia directiva prevé en su art. 24 que su transposición debía llevarse a cabo el día 1 de julio de 2021 y que la entrada en vigor de las normas de transposición se produciría el día 1 de enero de 2022. Tras un año de la aplicación del nuevo régimen jurídico la doctrina ha comenzado a plantearse cuáles deben ser los ejes de la futura revisión de la Directiva (UE) 2019/771 prevista para junio de 2024. El art. 25 de la Directiva ya prevé algunas materias que deben ser objeto de consideración en la futura reforma. No obstante, en aras a alcanzar los objetivos marcados por el legislador europeo en materia de sostenibilidad se está planteando una reforma más profunda, abarcando, también, algunos derechos de los consumidores reconocidos en la Directiva 2011/83/UE. El objetivo del presente trabajo es, pues, abordar el contenido de las Directivas 2011/83/UE y (UE) 2019/771 para impulsar el derecho contractual europeo hacia el paradigma de la economía circular.

Palabras clave
La Directiva (UE) 2019/771 derogó la Directiva 1999/44/CE e instauró un nuevo régimen para la conformidad de los bienes y los remedios en los contratos de compraventa concluidos entre un vendedor y un consumidor. La propia directiva prevé en su art. 24 que su transposición debía llevarse a cabo el día 1 de julio de 2021 y que la entrada en vigor de las normas de transposición se produciría el día 1 de enero de 2022. Tras un año de la aplicación del nuevo régimen jurídico la doctrina ha comenzado a plantearse cuáles deben ser los ejes de la futura revisión de la Directiva (UE) 2019/771 prevista para junio de 2024. El art. 25 de la Directiva ya prevé algunas materias que deben ser objeto de consideración en la futura reforma. No obstante, en aras a alcanzar los objetivos marcados por el legislador europeo en materia de sostenibilidad se está planteando una reforma más profunda, abarcando, también, algunos derechos de los consumidores reconocidos en la Directiva 2011/83/UE. El objetivo del presente trabajo es, pues, abordar el contenido de las Directivas 2011/83/UE y (UE) 2019/771 para impulsar el derecho contractual europeo hacia el paradigma de la economía circular.

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Cómo citar
Izquierdo Grau, Guillem. «La Transición del derecho de consumo hacia el paradigma de la economía circular». InDret, n.º 2, doi:10.31009/InDret.2023.i2.05.