Declaració ètica i de bones pràctiques
- DECLARACIÓN ÉTICA Y DE BUENAS PRÁCTICAS
InDret se compromete a adecuar su funcionamiento y organización a los estándares éticos en la investigación científica y requiere su cumplimiento a todas las partes involucradas en el proceso de publicación (autores, editores, evaluadores externos y personal de soporte). La revista adopta como propios los deberes éticos propuestos por el Committee on Publication Ethics (COPE) Best Practice Guidelines for Journal Editors.
Deberes de los editores
Comportamiento leal
Los originales que se presentan a InDret son evaluados exclusivamente por su calidad y contenido científico. La evaluación no tiene en cuenta ni considera bajo ninguna circunstancia la raza, género, orientación sexual, creencias religiosas, edad, origen étnico, nacionalidad o posicionamientos filosóficos o políticos de los autores.
Confidencialidad
Tanto los editores como las personas que colaboran con la edición de la revista se comprometen a no revelar la autoría de un trabajo a los evaluadores ni la identidad de éstos al autor o autores del trabajo. También se comprometen a no facilitar información sobre el proceso de evaluación a otra persona diferente del autor cuyo original ha sido objeto de evaluación.
Declaración de la existencia de un conflicto de interés
Los materiales y trabajos que se hayan presentado para su publicación en la revista pero que no se publiquen finalmente no podrán ser utilizados por las personas que hayan participado en su gestión o evaluación sin el consentimiento expreso del autor o autores.
Decisión de publicación
El Consejo de Redacción de la revista decide los trabajos que se publican en la revista, una vez que hayan superado el proceso de evaluación externa. La decisión de publicación se adoptará conforme a las directrices de la revista y las normas legales vigentes en materia de plagio, difamación y propiedad intelectual. El Consejo de Redacción puede consultar con los miembros del Consejo Editorial la conveniencia de publicar un trabajo.
Deberes de los evaluadores
Proceso necesario para la publicación
La evaluación externa de los trabajos es un proceso indispensable para la publicación de originales en InDret. El proceso es anónimo y el Consejo de Redacción de la revista se compromete s respetar la decisión de los evaluadores. Solo en situaciones excepcionales, tras la finalización del proceso de evaluación de un trabajo, el editor ejecutivo de la revista puede sugerir al autor o autores mejoras en el trabajo que, en todo caso, deberán justificarse por razones formales o por la necesidad de adecuar el trabajo a la línea editorial de la revista.
Diligencia
Se espera que el evaluador a quien la revista solicite la evaluación de un trabajo manifieste en el momento del encargo su imposibilidad de realizarlo en el plazo indicado así como eventuales conflictos de intereses que pudiera detectar.
Confidencialidad
El proceso de evaluación externa es completamente anónimo. El autor o autores del trabajo no conocen la identidad de los evaluadores ni estos conocen durante el proceso de evaluación la identidad del autor o autores. Los trabajos se someten al proceso de evaluación tras la oportuna anonimización, de tal forma que no sea posible identificar, de forma directa o indirecta, la identidad del autor o autores. La confidencialidad se mantiene durante todo el proceso y se preserva también internamente durante la gestión del proceso editorial.
Objetividad
La evaluación debe basarse en criterios objetivos. El informe no puede contener referencias personales a la supuesta identidad o trayectoria del autor o autores del trabajo. Se espera que el evaluador fundamente su opinión en argumentos claros y sólidos, con afán de mejorar el trabajo evaluado y de ayudar al Consejo de Redacción a la adopción de la decisión sobre su publicación en la revista.
Identificación de fuentes
Los evaluadores deben, en su caso, identificar citas o fuentes publicadas de las que el trabajo evaluado no dé razón. Las objeciones basadas en la falta de originalidad del trabajo evaluado deberán ir acompañadas de la referencia previa que manifieste tal falta de originalidad. El evaluador debe poner en conocimiento del Consejo de Redacción las similitudes que puedan existir entre el trabajo evaluado y otros ya publicados de los que tenga conocimiento por razón de su especialidad.
Conflicto de interés
La información y las ideas que el evaluador obtenga durante el proceso de evaluación no pueden ser utilizadas en beneficio propio por el evaluador. El evaluador deberá renunciar a evaluar un trabajo si detecta cualquier conflicto de interés, en razón del tema del trabajo o de la supuesta identidad del autor o autores.
Deberes de los autores
Cumplimiento de los estándares de investigación científica
Los trabajos deben contener los resultados de una investigación original. El autor o autores deben dar razón de los estudios en que fundamentan sus afirmaciones. Los datos o tablas deben, en su caso, presentarse forma clara en el trabajo con identificación de su fuente. El trabajo debe detallar suficientemente las fuentes empleadas, de tal forma que sea posible contrastar las afirmaciones que contenga. La inclusión de afirmaciones conscientemente inexactas o falsas se considera una falta ética que la revista no acepta.
Originalidad y plagio
InDret publica trabajos inéditos y originales, salvo en aquellos casos excepcionales en que el Consejo de Redacción considere oportuna la publicación de una traducción de un trabajo ya publicado. Los autores están obligados a identificar y citar las fuentes que empleen en su trabajo y que fundamenten sus conclusiones.
Publicación múltiple
Un autor no debería publicar los mismos resultados de su investigación en un mismo formato en más de una publicación primaria. La presentación simultánea de un mismo original a varias publicaciones se considera un comportamiento contrario a los principios éticos y que la revista considera inaceptable.
Identificación de fuentes
Los autores deben identificar las fuentes empleadas con cita de las aportaciones ajenas que incluyan en el trabajo.
Acceso a datos
Los autores deben estar en condiciones de mostrar los datos en que basen las afirmaciones y conclusiones de su trabajo. Deben conservar tales datos, por tanto, durante un plazo suficientemente razonable para permitir el cotejo o análisis externo.
Autoría
La condición de autor corresponde a quienes haya contribuido de manera significativa en la concepción, diseño, ejecución, interpretación o redacción del trabajo. Todas las personas en que concurra alguna de las circunstancias anteriores, deberían constar como autores del trabajo. Quienes, sin poder ser considerados como autores, hayan colaborado en su proceso de elaboración, deberán constar en un apartado de agradecimientos que los autores incluirán al efecto en su trabajo.
En el caso de autoría múltiple, el autor que someta el trabajo para su publicación en la revista se asegurará de que todas las personas que pueden ser consideradas como autores constan con tal condición. El trabajo solo puede presentarse para su evaluación y eventual publicación en InDret si todos los coautores están de acuerdo. La revista presume ese consentimiento cuando un trabajo en coautoría se somete al proceso de publicación.
Declaración de conflictos de intereses
El autor o autores deben manifestar en el trabajo las circunstancias que puedan dar lugar a un conflicto de interés a resultas de la financiación, colaboración en la redacción o en el acceso a los datos, existencia de deberes fiduciarios o de cualquier otra índole. En tales casos, esas circunstancias, que pueden dar lugar a un conflicto de intereses actual o potencial, deben hacerse constar en el trabajo.
Errores en trabajos publicados
Si el autor o autores detectan errores o inexactitudes relevantes en trabajos ya publicados en InDret, deberá ponerlo inmediatamente en conocimiento del editor ejecutivo de la revista y colaborar para la publicación de la correspondiente rectificación.
Manifestación sobre malas prácticas
En casos de conducta irregular, publicación fraudulenta o plagio, el editor ejecutivo de la revista adoptará las medidas que considere oportunas para resolver la situación generada por tales prácticas. Entre otras medidas posibles, puede decidirse la publicación de una manifestación o de una corrección y, en los casos más graves, la retirada del trabajo, con la oportuna noticia sobre las razones de su exclusión del sumario de la revista.
Titularidad y gestión
InDret es gestionada y publicada por los directores y el consejo editorial de la revista. InDret recibe apoyo institucional del Departamento de Derecho de la Universitat Pompeu Fabra y financiación de las administraciones públicas española y catalana. InDret no está asociada con ninguna editorial comercial. Las marcas de InDret pertenecen al editor fundador de la revista.