Las Propuestas de la Unión Europea para regular la responsabilidad civil por los daños causados por sistemas de inteligencia artificial
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Desde hace ya bastantes años la UE lleva a cabo una importante actividad para establecer un marco regulatorio general para la inteligencia artificial y unas reglas específicas que se ocupen del resarcimiento de los daños que tales sistemas puedan causar. Además de no quedarse rezagada en la carrera sobre el desarrollo de la inteligencia artificial que en estos momentos lideran China y Estados Unidos, la UE pretende garantizar que tanto los sistemas de IA desarrollados en la UE como los que entren en la UE procedentes de otros países sean seguros, se ajusten a los valores y estándares éticos que imperan en la Unión y respeten la legislación vigente en materia de derechos fundamentales y libertades cívicas. También espera así producir una vez más el llamado «efecto Bruselas», es decir acabar influyendo en la regulación mundial de la IA a través de los mecanismos globalizadores del mercado, como ya ha hecho en otras ocasiones en otras materias.
La Propuesta de Reglamento denominada «Ley de Inteligencia Artificial» lleva a cabo una regulación general de gestión de riesgos para normas sobre IA armonizadas y sirve de marco a la Propuesta de Directiva denominada «Directiva de responsabilidad por IA», que tiene por objeto adaptar determinados aspectos de la responsabilidad extracontractual por culpa a los requerimientos de la inteligencia artificial. La regulación se completa con la Propuesta de Directiva de responsabilidad por productos defectuosos, que deberá sustituir la Directiva 85/374/CEE sobre la misma materia, para facilitar su aplicación a los sistemas de IA y a las necesidades de la economía circular.
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