El art. 400 LEC una norma tan bienintencionada como peligrosa

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Joan Picó Junoy

El art. 400 LEC prevé sólo una norma de preclusión de alegaciones de hechos o títulos jurídicos, pero no de petitums. Tras un debate jurídico sobre el alcance de esta norma, alguna reciente sentencia del Tribunal Supremo español (STS 772/2022, de 10 de noviembre) extiende analógicamente la aplicación del art. 400 LEC a las peticiones diferentes, lo que supone una clara denegación del derecho a la tutela judicial efectiva del demandante al impedírsele obtener un pronunciamiento sobre el fondo respecto de una petición que nunca será judicialmente juzgada, causándole una evidente indefensión. En consecuencia, esperemos que el Tribunal Supremo reconsidere esta nueva doctrina y vuelva a los límites que sobre el alcance del art. 400 LEC había establecido con anterioridad a la STS 772/2022, de 10 de noviembre.

Paraules clau
art. 400 LEC, cosa juzgada, petitum, preclusión procesal

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Com citar
Picó Junoy, Joan. “El art. 400 LEC: una norma tan bienintencionada como peligrosa”. InDret, no. 2, doi:10.31009/InDret.2023.i2.12.