El Consumidor ignora el contenido de su contrato
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La regulación de los contratos en serie ha utilizado desde su nacimiento una esencial herramienta jurídica convertida finalmente en la principal y más empleada técnica jurídica de protección a los contratantes adherentes: la información contractual obligatoria. Pero a partir de la realización de estudios y análisis empíricos se viene evidenciando desde hace años el fracaso de la información obligatoria como elemento de reequilibrio. Los motivos de esa quiebra se encuentran no sólo en una determinada manera de utilización real o de materialización de la información contractual, sino también y sobre todo en el propio destinatario de la información (el adherente) que sorprendentemente no la lee por razones diversas que se abordan en el trabajo. El modo y el estado en que el consumidor se enfrenta a la información de los datos contractuales están en la raíz de esa falta de lectura. La cantidad y la complejidad de los mismos y su peculiar lenguaje son fenómenos que no están pasando desapercibos ni por la doctrina ni por el propio legislador, que ha iniciado un camino hacia la simplificación de las informaciones obligatorias que los profesionales han de transmitir. La información obligatoria sin embargo no sólo se revela como instrumento ineficiente sino también entorpecedor de la función que otras herramientas de protección al consumidor están llamadas a realizar.