Jursiprudencia
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Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 8 de septiembre de 2016, de la Sala Segunda. Caso GS Media BV contra Sanoma Media Netherlands BV y Otros.
La presente resolución tiene por objeto diversas cuestiones prejudiciales que plantea el Tribunal Supremo de los Países Bajos al Tribunal de Justicia, básicamente sobre qué ha de entenderse por la expresión «comunicación al público», contenida en el artículo 3, apartado 1, de la Directiva 2001/29/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de mayo de 2001, relativa a la armonización de determinados aspectos de los derechos de autor y derechos afines a los derechos de autor en la sociedad de la información.
Sentencia del Juzgado de lo Mercantil de La Coruña, núm. 247/2016, de 22 de noviembre
En esta sentencia, el tribunal se ha de pronunciar sobre el carácter de una página web que facilitaba a los internautas la posibilidad de ver partidos de fútbol básicamente en directo (aunque también se podían ver en ligero diferido) sin tener que pagar por ello. En este supuesto, GOL TELEVISIÓN y MEDIAPRODUCCIÓN demandan a un sujeto y a una entidad, que eran quienes gestionaban dicha web, por infracción de los derechos de propiedad intelectual, y de forma subsidiaria por competencia desleal. MEDIAPRODUCCIÓN es quien realiza la producción audiovisual de los partidos de fútbol de la Liga española, y GOL TELEVISIÓN es quien tiene cedidos los derechos audiovisuales.
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Patrícia Escribano, Universitat Jaume I
Profesora ayudante doctora
Universitat Jaume I
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