Un intento de fundamentar derechos de los no-humanos (derechos de la naturaleza) a partir del desarrollo sostenible
Article Sidebar
Citaciones en Google Académico
Main Article Content
El estatuto jurídico de lo no-humano está siendo objeto de debates y tensiones cada vez más visibles. Se han formulado propuestas encaminadas a justificar una ampliación de titulares de derechos, más allá de los seres humanos, específicamente, derechos de la Naturaleza, de las especies no humanas e, incluso, de formas artificiales de vida inteligente. Las cuestiones filosófico-jurídicas y éticas que subyacen no son novedosas (derechos de la madre tierra, derechos de los animales, universo moral de los robots). Lo que resulta novedoso es el grado en que tales reivindicaciones de derechos se plantean con relación a los derechos humanos, de manera que se trata de evitar incurrir en el peligro de una inflación en cuanto a los titulares de derechos que acabe desembocando en una banalización de los propios derechos humanos. El presente estudio, situándose en el contexto del desarrollo sostenible -en su enfoque ambiental-, examinará si es posible incorporar un fundamento estrictamente jurídico de la Naturaleza y/o de algunas de sus manifestaciones (montañas, ríos, glaciares), ya que, en cuanto elementos medioambientales, el paradigma de la sostenibilidad puede auspiciar e impulsar tal reconocimiento de la titularidad de derechos. Se partirá, en primer lugar, de revisar la teoría de sujeto de derecho, ya que se está evolucionando del derecho de las personas a los derechos de las cosas; en segundo lugar, se analizará si puede hablarse, desde la teoría de los derechos humanos, de derechos no-humanos; con estos presupuestos, en tercer lugar, se examinará si la Naturaleza y todos aquellos elementos que interactúan en el ecosistema para hacer posible la vida pueden ser titulares de derechos, es decir, si son no sólo sujetos morales sino también jurídicos. Por último, se hará una aproximación al intento de fundamentar los derechos de los no-humanos, para lo que se examinarán dos argumentaciones: la del prejuicio del especeismo versus el personismo, y la de los derechos morales versus derechos jurídicos. Se terminará con unas reflexiones finales.