Las áreas marinas protegidas en España: una visión de conjunto
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El legislador español define las Áreas Marinas Protegidas (AMPs) como espacios naturales designados para la protección de ecosistemas, comunidades o elementos biológicos o geológicos del medio marino, incluidas las áreas intermareal y submareal que, en razón de su rareza, fragilidad, importancia o singularidad, merecen una protección especial. La naturaleza jurídica de estos espacios es compleja y diversa. Sobre las mismas se proyecta una variedad de instrumentos y mecanismos de protección que requieren de un análisis dirigido a establecer formas racionales para mejorar su operatividad, seguimiento y control. El presente trabajo pretende profundizar en el desarrollo de esta figura de protección que, desde su incorporación al ordenamiento español en 2007, a través la Ley de Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, pone en conexión el régimen jurídico ambiental de estos espacios con las políticas sectoriales ambientales que se proyectan en el mismo espacio físico. En un contexto global de cambio climático y degradación ambiental, la gestión de las AMPs debe fundarse en la combinación de criterios ecológicos y socioeconómicos que garanticen modelos de sostenibilidad, alcanzando un reconocimiento amplio a nivel nacional e internacional.