Inimpugnabilidad de leyes territoriales por gobiernos de la misma comunidad autónoma: jurisprudencia constitucional… y un precepto “desaparecido” (artículo 32.3 LOTC)
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Este artículo examina la jurisprudencia constitucional que deniega a los gobiernos de las comunidades autónomas el derecho a impugnar la constitucionalidad de las leyes aprobadas por la respectiva asamblea legislativa territorial. También aborda cómo “rescatar” jurídicamente el artículo 32.3 LOTC, que habría permitido a los ejecutivos territoriales plantear ante el Tribunal Constitucional tal tipo de impugnaciones “intraautonómicas”. Este trabajo asimismo aborda y verifica que el artículo 32.3 LOTC fue real y efectivamente aprobado por las Cortes Generales formando parte de tal ley orgánica, pero que, extrañamente, nunca fue publicado oficialmente en el BOE. Igualmente es objeto de consideración el posicionamiento adoptado en la más reciente jurisprudencia del Tribunal Constitucional acerca de si el artículo 32.3 LOTC es aplicable a esta cuestión o no, así como los fundamentos de tal decisión, al mismo tiempo que se desarrollan y formulan propuestas acerca de cómo abordar correctamente esta cuestión (o cómo reabordarla, en caso necesario) para dar solución jurídica a este importante problema constitucional, tanto para el modelo de organización territorial como para el modelo español de justicia constitucional, sin olvidar los aspectos relacionados de fuentes del Derecho.
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