La desconcentración del gobierno del Poder Judicial en el Estado autonómico y los consejos de justicia como posible vía: oportunidades y problemas

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Miguel Ángel Cabellos Espiérrez

El artículo estudia las posibilidades de desconcentrar las funciones de gobierno del Poder Judicial que lleva a cabo el CGPJ, aproximando así la actividad de este al modelo de Estado. Para ello se comienza analizando la tradicional confusión entre descentralización y desconcentración del gobierno del Poder Judicial; tras ello, se estudia cómo durante la elaboración del Estatuto catalán se estuvo tramitando en las Cortes la introducción de los consejos de justicia, y por qué ese intento no resultó exitoso, lo que tuvo una incidencia directa en lo que después sucedería con la regulación estatutaria del consejo de justicia en la STC 31/2010, sentencia cuya débil argumentación en esta materia es también objeto de análisis. Establecida, no obstante, por el TC la posibilidad de que la LOPJ prevea los consejos, el trabajo pasa a analizar cómo tendría que plasmarse esto, argumentando por qué antes habría que abordar otros problemas del CGPJ, como el del nombramiento de sus vocales de origen judicial o el del sistema de nombramientos discrecionales de altos cargos, para que la introducción de los consejos resulte, además de conveniente, realista. Se concluye ofreciendo pautas sobre cómo llevar a cabo en la LOPJ esa regulación de los consejos.

Paraules clau
Poder Judicial, Estado autonómico, gobierno del Poder Judicial, Consejo General del Poder Judicial, consejos de justicia, desconcentración

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Com citar
Cabellos Espiérrez, Miguel Ángel. «La desconcentración del gobierno del Poder Judicial en el Estado autonómico y los consejos de justicia como posible vía: oportunidades y problemas». Revista d’estudis autonòmics i federals, 2022, núm. 35, p. 21-51, http://raco.cat/index.php/REAF/article/view/403485.