La atribución de responsabilidad civil por actos de sistemas autónomos de inteligencia artificial desafíos para el derecho privado
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La progresiva incorporación de sistemas de inteligencia artificial dotados de autonomía funcional y capacidad de aprendizaje plantea desafíos estructurales al modelo tradicional de responsabilidad civil del Derecho privado. A diferencia de otras tecnologías, estos sistemas pueden generar daños jurídicamente relevantes sin una conducta humana directa, mediante procesos decisionales opacos y causalidades distribuidas que dificultan la aplicación del esquema clásico de imputación por culpa del artículo 1902 del Código Civil.
El presente trabajo aborda esta problemática desde una perspectiva dogmática y sistemática, analizando, en primer lugar, los rasgos técnicos de la inteligencia artificial autónoma que inciden en la imputación civil, en particular la autonomía decisional, la opacidad algorítmica y el sesgo como riesgo estructural. A partir de ello, se examinan los límites del modelo subjetivo de responsabilidad y se rechaza tanto su aplicación mecánica como la proclamación de un régimen general de responsabilidad objetiva por el mero uso de inteligencia artificial.
Sobre esta base, el estudio propone una arquitectura escalonada de imputación del daño algorítmico, que distingue entre los supuestos imputables a un defecto de seguridad del sistema considerado como producto, sometidos al régimen de responsabilidad objetiva de la Directiva (UE) 2024/2853, y aquellos derivados del despliegue, configuración o uso profesional del sistema, en los que la responsabilidad se articula a través de una culpa normativa fundada en el incumplimiento de deberes legales y técnicos de diligencia ex ante.
El trabajo defiende, en este contexto, un modelo de atribución funcional del riesgo algorítmico, orientado a identificar a los operadores que ocupan posiciones estructuralmente relevantes en la creación, organización o explotación del riesgo y que se encuentran en mejor situación para prevenirlo o asegurar sus consecuencias. Este enfoque permite garantizar la reparación efectiva del daño sin recurrir a ficciones como la personalidad jurídica de la inteligencia artificial y sin sacrificar los principios estructurales del Derecho civil.
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