El injusto del funcionario
Article Sidebar
Main Article Content
1. En el último tercio del siglo XIX y comienzos del XX, como respecto de casi todas las instituciones fundamentales del Derecho penal, se discutió intensamente en la doctrina alemana sobre la naturaleza del castigo a los funcionarios públicos. Desde luego se conocía desde tiempos remotos el castigo penal a aquellos funcionarios que cometían delitos en el ejercicio de sus funciones abusando de su poder. Estos delitos ya se denominaban –y se denominan– genéricamente «Amtsverbrechen» (literalmente: delitos del cargo, delitos de función pública) y han derivado en la actualidad en un grupo de delitos que conocemos en español como «delitos (comunes) cometidos por funcionarios públicos». Como puede intuirse, la referida discusión cobró vida a partir de manifestaciones ulteriores que poco a poco iban emergiendo en la nueva legislación y en la doctrina científica que comenzaba a sistematizar la Parte Especial[1]. Así, fundamentalmente a propósito de dos nuevos grupos de infracciones: las infracciones o delitos disciplinarios y una clase particular de Amtsverbrechen.
2. Por un lado, las «infracciones disciplinarias» irrumpieron con fuerza en el Estado prusiano. Una parte de la doctrina creyó que estas formaban una unidad cualitativa con los clásicos delitos cometidos por funcionarios, siendo la distinción entre las dos clases de infracciones de carácter meramente cuantitativo. Para otros, en cambio, esto significaba desconocer la naturaleza autónoma, sui generis, de las infracciones disciplinarias. Esa naturaleza propia tenía –y tiene– su razón de ser en la peculiar relación jurídica entre el funcionario y el Estado, que obliga al funcionario a someterse en todo momento al poder y a las pretensiones jurídicamente legítimas del Estado. El quebrantamiento de esta relación interna de poder es la esencia de la infracción disciplinaria.
Article Details
(c) 2026
Articles més llegits del mateix autor/a
- Ricardo Robles Planas, Deberes negativos y positivos en Derecho penal , InDret: 2013: Núm.: 4
- Ricardo Robles Planas, La autoría no ejecutiva , InDret: 2012: Núm.: 2
- M. Teresa Castiñeira Palou, Ricardo Robles Planas, ¿Cómo absolver a los "top manta"? (Panorama jurisprudencial) , InDret: 2007: Núm.: 2
- Ricardo Robles Planas, Normas de conducta , InDret: 2019: Núm.: 1
- Carolina Bolea Bardon, Ricardo Robles Planas, La tipicidad de las detenciones ilegales policiales , InDret: 2006: Núm.: 4
- Ricardo Robles Planas, Eduardo Javier Riggi, El extraño artículo 65.3 del Código Penal , InDret: 2008: Núm.: 4
- Ricardo Robles Planas, Comentario. El "hecho propio" de las personas jurídicas y el Informe del Consejo General del Poder Judicial al Anteproyecto de Reforma del Código Penal de 2008 , InDret: 2009: Núm.: 2
- Ricardo Robles Planas, ¿Delitos de personas jurídicas? , InDret: 2006: Núm.: 2
- Ricardo Robles Planas, Deberes de solidaridad , InDret: 2012: Núm.: 1
- Ricardo Robles Planas, "Sexual Predators". Estrategias y límites del Derecho penal de la peligrosidad , InDret: 2007: Núm.: 4